4 nov 2019

CAPTURA Y EJECUCIÓN DEL CORREGIDOR DE TINTA ANTONIO ARRIAGA (4 de noviembre, 1780)

(Ubicado en la parte superior a la izquierda del panel en sepia)

Los corregidores eran altos funcionarios coloniales y en la jerarquía administrativa ocupaban el puesto inmediatamente después del Virrey o Audiencia. Su misión consistía, según la ley, en facilitar la labor de asimilación del colonizador, encuadrando a los indios en la nueva organización política, por un lado y por otra, ayudar a los doctrinarios a incorporar a los nativos a la única religión verdadera.

La suma de los poderes políticos, militar y fiscal estaba en manos del corregidor. El corregidor haciendo sus repartos obligatorios y arbitrarios disponía de la fuerza pública para cobrar las deudas que los indígenas les tenían; y a la vez era el juez que decidía los pleitos pudiendo encarcelar a quien quisiera.

Dentro de su ámbito administrativo, apenas conocíase su nombramiento sacaba lo que podía a crédito para montar su propio negocio, ilícito obviamente; daba órdenes para que diversos artículos, manufacturas o abarrotes que se hallasen en su comarca se adquiriesen a su nombre para revenderlos ulteriormente con fuerte recargo.

Túpac Amaru se expresaba así de los repartos: “Este maldito y viciado reparto nos ha puesto en este estado de morir con su inmenso exceso.”…
“De suerte que los géneros de Castilla que han cogido por montón y lo más ordinario, que están a dos o tres pesos nos amontonan con violencia por diez o doce pesos, el cuchillo que cuesta un real nos dan por un peso…Fuera de esto nos botan alfileres, agujas de Cambray, polvos azules, baratijas, anteojos, estampitas y otras ridiculeces como éstas… y cuando vamos a recoger la veinte parte que hemos de pagar. Si quiera nos dieran tiempo y treguas sería soportable en alguna manera; pero no, luego que nos acaban de repartir, aseguran nuestras personas, mujeres, hijos y ganados, privándonos de la libertad para su manejo. De este modo desamparamos nuestras casas, familias, mujeres e hijos”

Un año después de la rebelión tales repartos, así como el empleo de corregidor fueron: uno, prohibido y el otro, extinguido. No obstante, muchos curas siguieron en lo mismo. Es que el principal comercio de los corregidores eran los Repartos mercantiles o venta de mercaderías que los indios obligadamente debían adquirir y por lo general éstos quedaban empeñados perpetuamente.

Como cita, Juan José Vega, el abuso del corregidor “transformaba en oro la sangre de los indios”
Todo esto representaba el corregidor Arriaga. Los rebeldes lo condenaron por sus crímenes y lo juzgaron sumariamente. El 10 de noviembre fue ahorcado en una ceremonia pública y luego de un juicio popular.

Después de esa acción, Valcárcel registra que: “… apareció un tambor o pregonero en compañía de un mestizo con un papel muy grande y echó Bando en dos lenguas gritando quedar prohibidas la Alcabala, la Aduana y la mita de Potosí”. Tómese en cuenta que la región de Cusco y Puno, era la zona de donde se proveía a Potosí de los mitayos en casi un 75%.

VI panel - "La mujer en la Independencia"
Proyecto Mural "La mujer en la historia peruana"

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